CAPITULO IV DE LAS DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
REGLAMENTO INTERIOR DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CULTURA FÍSICA “ROMÁN POZO MÉNDEZ” DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
Artículo 13.- A la Coordinación Administrativa, le corresponde las siguientes funciones específicas:
- Revisar y registrar el avance del ejercicio de los programas presupuestales aprobados a la ESCUFI;
- Operar los fondos autorizados de acuerdo con la normatividad general aplicable y conforme a los criterios que al respecto emita las autoridades competentes;
- Tramitar y proporcionar con previa autorización de la Dirección, los recursos financieros que requieran las áreas de la ESCUFI, para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades;
- Codificar los documentos a tramitar ante la Secretaría de Finanzas y Administración para el pago correspondiente;
- Aplicar los recursos financieros de la ESCUFI, de acuerdo a la normatividad establecida;
- Llevar un control del personal docente y administrativo de la ESCUFI, que permita contar con la información actualizada y remitirla a las autoridades competentes cuando así lo requieran en coordinación con la Dirección, y mantener actualizados sus expedientes;
- Dotar, y supervisar los recursos materiales y servicios requeridos por las áreas de la ESCUFI para el desempeño de sus actividades diarias;
- Proponer e implementar técnicas, métodos, procesos y tecnologías para un mejor control presupuestal en apego a la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
- Registrar e informar a la Dirección, el presupuesto por programa, subprograma y partida;
- Elaborar, requisitar y capturar, las cuentas por liquidar certificadas por diferentes conceptos para ser tramitadas ante la Secretaría de Finanzas y Administración;
- Elaborar y capturar previa autorización de la Dirección, las transferencias presupuestales, con el fin de solventar oportunamente la aplicación de gastos generados por la Escuela Superior de Cultura Física;
- Elaborar cuadros comparativos y analíticos del ejercicio presupuestal vigente;
- Ser el enlace en materia de transparencia y acceso a la información pública con la Secretaría;
- Recibir y dar respuesta a los requerimientos de información, que sean solicitados por la Unidad de Transparencia de la Secretaría;
- Elaborar y capturar los fondos revolventes que amparen los diversos gastos, para su comprobación correspondiente;
- Las demás establecidas en las disposiciones normativas aplicables y las que le encomiende la Dirección en ejercicio de sus funciones: