Unidad de Transparencia

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Comité de Transparencia

Todo sujeto obligado contará con una Unidad de Transparencia, integrada por un titular y por los servidores públicos que éste determine.

Artículo 30 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

Integrantes

Unidad de Transparencia

Titular

Nombre(s) Apellido Paterno Apellido Materno

Puesto de trabajo

Auxiliar

Nombre(s) Apellido Paterno Apellido Materno

Puesto de trabajo

Auxiliar

Nombre(s) Apellido Paterno Apellido Materno

Puesto de trabajo

Compete al

Unidad de Transparencia

  • Fracción I

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Recabar y difundir la información a que se refieren los Capítulos II, III, IV, y V del Título Quinto de esta Ley;

  • Fracción II

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;

  • Fracción III

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Llevar el registro y actualizar mensualmente las solicitudes de acceso a la información, así como sus trámites, costos y resultados, haciéndolo del conocimiento del Comité;

  • Fracción IV

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Asesorar y orientar a quienes lo requieran, en la elaboración de las solicitudes de información, así como en los trámites para el efectivo ejercicio de su derecho de acceso a la misma;

  • Fracción V

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Efectuar las notificaciones correspondientes a las y los solicitantes en los términos de la Ley;

  • Fracción VI

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Proponer al Comité los procedimientos internos que contribuyan a la mayor eficiencia en la atención de las solicitudes de acceso a la información;

  • Fracción VII

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Se deroga Fracción derogada BOGE 26-05-2016

  • Fracción VIII

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío;Fracción reformada BOGE 26-05-2016

  • Fracción IX

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Verificar, en cada caso, que la información solicitada no esté clasificada como reservada o confidencial;

  • Fracción X

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Recibir los recursos de revisión, dándoles el seguimiento que corresponde;

  • Fracción XI

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Hacer de conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley, y en las demás disposiciones aplicables, y

  • Fracción XII

    Artículo 31° LTAIPDBCS

    Fomentar la cultura de transparencia al interior del sujeto obligado.

ESCUFI

Escuela Superior de Cultura Física “Profr. Román Pozo Méndez” del Estado de Baja California Sur

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